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Nueva información laboral obligatoria: salario, jornada y algoritmos

28 de septiembre de 2026

Tu empresa tendrá que informarte mejor sobre tus condiciones de trabajo

 

El próximo 5 de octubre de 2026 entra en vigor una nueva regulación que amplía de forma importante la información laboral obligatoria que las empresas deberán facilitar por escrito a las personas trabajadoras.

El Real Decreto 723/2026, de 9 de septiembre, publicado en el BOE, desarrolla el derecho a conocer los elementos esenciales del contrato y las principales condiciones en las que se desarrolla el trabajo. La norma transpone parcialmente la Directiva europea sobre condiciones laborales transparentes y previsibles y sustituye la regulación existente desde 1998.

Y no estamos hablando únicamente de saber cuál es nuestra categoría profesional o cuánto dura nuestra jornada.

La nueva norma entra en cuestiones tan relevantes como los complementos salariales, los criterios para cobrar retribuciones variables, las horas extraordinarias, la distribución de la jornada, la formación, los planes de pensiones o incluso los sistemas algorítmicos utilizados para tomar decisiones laborales.

 

¿Qué tendrá que comunicarte la empresa?

La empresa deberá facilitar por escrito información laboral obligatoria sobre aspectos esenciales de la relación laboral.

Entre otros:

  • El salario base y cada uno de los complementos salariales, diferenciados.
  • Cómo se calculan los conceptos variables y qué criterios determinan su percepción.
  • La duración y distribución de la jornada diaria, semanal y anual.
  • Los procedimientos previstos para modificar la jornada o realizar cambios de turno.
  • Los acuerdos existentes sobre horas extraordinarias y su retribución.
  • La duración de las vacaciones y cómo se determina su disfrute.
  • El derecho a la formación proporcionada por la empresa.
  • El periodo de prueba y sus condiciones.
  • El procedimiento para la extinción del contrato y los correspondientes preavisos.
  • El convenio colectivo aplicable y su periodo de vigencia.

La norma busca que determinadas condiciones que muchas veces conocemos únicamente de forma genérica, mediante procedimientos internos o después de preguntar, puedan conocerse de una manera más clara y documentada.

 

Jornada irregular: también deberán explicar cómo funciona

Hay una novedad especialmente interesante en materia de tiempo de trabajo.

Cuando exista distribución irregular de jornada, la información laboral obligatoria deberá identificar el sistema utilizado, incluyendo las horas y días de referencia en los que la empresa puede exigir la prestación de servicios y los periodos mínimos de preaviso antes de comenzar una tarea o de cancelarla.

Es un aspecto relevante porque la previsibilidad del tiempo de trabajo afecta directamente a la conciliación y a la organización personal de quienes trabajan.

 

Algoritmos que deciden sobre tu trabajo

Probablemente esta sea una de las novedades más importantes.

La empresa tendrá que informar sobre la existencia de sistemas algorítmicos o automatizados de toma de decisiones cuando se utilicen para adoptar decisiones relacionadas con determinadas condiciones laborales.

Y no bastará simplemente con decir que existe un algoritmo.

La norma incluye la información sobre sus pautas, criterios y reglas de funcionamiento cuando estos sistemas intervengan en decisiones relacionadas con cuestiones como:

  • La jornada laboral y su distribución.
  • La asignación de tareas.
  • La determinación de salarios.
  • La progresión profesional.
  • El lugar de trabajo.
  • O incluso la extinción del contrato.

Para Somos Sindicalistas, este punto resulta especialmente relevante.

Cada vez más empresas utilizan herramientas automatizadas para organizar el trabajo, evaluar resultados, asignar cargas o apoyar determinadas decisiones. Si esas herramientas pueden influir en la vida profesional de una persona, resulta razonable que exista transparencia sobre los criterios que están utilizando.

Una decisión no debería ser menos explicable simplemente porque detrás haya un algoritmo.

 

Plan de Igualdad, protocolos y medidas LGTBI

La información laboral obligatoria también deberá identificar el Plan de Igualdad aplicable en la empresa y, cuando exista, su política de conciliación.

Asimismo, deberá informarse sobre el protocolo de acoso sexual y por razón de sexo y, cuando proceda, sobre el conjunto de medidas y recursos establecidos para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI.

También deberán informar sobre Seguridad Social y previsión social

Otra novedad que puede resultar especialmente útil es la obligación de informar sobre qué entidad gestora o colaboradora cubre las diferentes contingencias de Seguridad Social.

También deberán comunicarse las mejoras voluntarias de la protección de Seguridad Social, así como identificar los planes y fondos de pensiones promovidos para las personas trabajadoras y las aportaciones realizadas.

Es decir, la información laboral obligatoria ya no se limita al salario que aparece cada mes en la nómina: también debe permitir conocer determinadas protecciones económicas vinculadas al empleo.

 

¿Y quienes ya estamos trabajando?

Esta es probablemente la pregunta más importante.

La nueva regulación no afecta únicamente a quienes firmen un contrato después de su entrada en vigor.

Quienes ya tengan una relación laboral vigente también podrán solicitar la información.

A partir de la entrada en vigor de la norma, si una persona trabajadora solicita estos datos y no dispone ya de ellos, la empresa deberá facilitárselos en un plazo máximo de 30 días hábiles desde que reciba la solicitud.

Además, las modificaciones posteriores de las condiciones afectadas por la norma deberán comunicarse por escrito como máximo el mismo día en que el cambio empiece a producir efectos.

La información laboral obligatoria podrá facilitarse en papel o electrónicamente, pero deberá ser accesible, poder almacenarse e imprimirse y la empresa tendrá que conservar prueba de su transmisión o recepción.

 

Más información también significa más capacidad para defender nuestros derechos

Desde Somos Sindicalistas consideramos positiva cualquier medida que permita que las condiciones laborales sean más transparentes.

Conocer cómo se determina nuestro salario, cómo puede modificarse nuestra jornada, qué criterios afectan a una promoción profesional o si determinadas decisiones están siendo adoptadas mediante sistemas automatizados no debería depender de tener que adivinar cómo funciona internamente una empresa.

La información es también una herramienta para ejercer derechos.

A partir del 5 de octubre, tendremos una regulación más exigente en esta materia y será importante comprobar cómo se aplica realmente en las empresas.

Porque tener derechos es fundamental, pero conocerlos es el primer paso para poder ejercerlos.

Consultar el Real Decreto 723/2026 completo en el BOE

 

 

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