Los Permisos retribuidos: las dudas frecuentes que siguen generando conflictos en las empresas
31 de mayo de 2026
Los permisos retribuidos son uno de los derechos laborales que más consultas generan. Aunque la regulación ha evolucionado en los últimos años, siguen existiendo numerosas discrepancias entre empresas y personas trabajadoras sobre cuándo nace el derecho, cómo debe disfrutarse o qué documentación puede exigirse.
La aprobación del Real Decreto-ley 5/2023 introdujo cambios importantes, especialmente en el permiso de cinco días por enfermedad u hospitalización de familiares, pero también abrió nuevos debates que han tenido que ir resolviéndose mediante la interpretación judicial.
A continuación, repasamos algunas de las cuestiones que siguen generando más conflictos en los centros de trabajo.
Los permisos retribuidos se disfrutan en días laborables
Una de las cuestiones que más controversia ha generado durante años es si los permisos deben computarse en días naturales o en días laborables.
La doctrina judicial ha venido consolidando el criterio de que los permisos retribuidos tienen como finalidad liberar a la persona trabajadora de la obligación de trabajar. Por ello, cuando el hecho causante se produce en un día no laborable, el permiso no debería consumirse durante jornadas en las que ya no existía obligación de prestar servicios.
En la práctica, esto supone que los permisos deben disfrutarse sobre días de trabajo efectivo y no sobre días de descanso.
El permiso retribuido comienza el primer día en que debas trabajar
Directamente relacionado con lo anterior está el momento de inicio del permiso.
Si un familiar fallece un sábado y la persona trabajadora presta servicios de lunes a viernes, resulta difícil sostener que el permiso deba comenzar ese mismo sábado, cuando no existía obligación de acudir al trabajo.
Por ello, la jurisprudencia ha venido reconociendo que, cuando el hecho causante tiene lugar en un día no laborable, el permiso debe comenzar el primer día en que exista obligación de trabajar.
Este criterio ha sido especialmente relevante en permisos por fallecimiento, matrimonio o enfermedad de familiares.
¿Qué ocurre si el hecho causante coincide con las vacaciones?
Otra de las dudas más frecuentes es qué sucede cuando durante las vacaciones se produce una situación que, en condiciones normales, generaría derecho a un permiso retribuido.
Con carácter general, los permisos retribuidos no interrumpen automáticamente las vacaciones ni generan nuevos días de descanso.
Sin embargo, la situación puede variar cuando el hecho causante continúa existiendo una vez finalizado el periodo vacacional.
Por ejemplo, si una persona trabajadora está de vacaciones y un familiar sufre una enfermedad grave que requiere asistencia continuada durante varios días, habrá que analizar si el hecho causante sigue vigente cuando se reincorpora al trabajo.
Se trata de una cuestión compleja que debe valorarse caso por caso.
El permiso de cinco días sigue siendo el que más dudas genera
La creación del permiso de cinco días por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica que precise reposo domiciliario ha supuesto uno de los cambios más relevantes de los últimos años.
Este permiso puede disfrutarse respecto del cónyuge, pareja de hecho, familiares determinados y convivientes, pero su aplicación práctica sigue generando conflictos.
Uno de los errores más frecuentes es pensar que únicamente existe derecho al permiso cuando hay hospitalización. La ley también contempla otros supuestos, como determinadas enfermedades graves o intervenciones quirúrgicas que requieran reposo domiciliario.
También es habitual que surjan discrepancias sobre la documentación exigible o sobre la duración efectiva del permiso cuando la situación médica evoluciona.
El permiso por fallecimiento sigue generando conflictos
Aunque se trata de uno de los permisos más tradicionales, continúan existiendo numerosas dudas sobre su aplicación.
El Estatuto de los Trabajadores reconoce actualmente el derecho a ausentarse del trabajo por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
Sin embargo, muchos convenios colectivos mejoran esta regulación, ampliando tanto la duración del permiso como los supuestos protegidos.
Por ello, resulta fundamental revisar siempre el convenio colectivo aplicable antes de asumir que únicamente existe el mínimo previsto legalmente.
¿Qué familiares generan derecho a los permisos retribuidos?
Otra de las cuestiones que más consultas genera tiene que ver con los grados de parentesco.
En términos generales, la ley suele referirse a familiares hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
Dentro de este ámbito se encuentran, entre otros:
* Padres e hijos. Suegros, yernos y nueras. Hermanos y hermanas. Abuelos y abuelas. Nietos y nietas. Cuñados y cuñadas.
Por el contrario, familiares como tíos, sobrinos o primos no suelen estar incluidos en la regulación general, salvo mejora expresa del convenio colectivo o acuerdo de empresa.
¿Qué justificantes puede pedir la empresa?
La empresa tiene derecho a comprobar que concurren los requisitos necesarios para disfrutar del permiso.
Sin embargo, ello no significa que pueda solicitar cualquier información o documentación
La acreditación del hecho causante debe realizarse respetando la normativa de protección de datos y la intimidad de las personas afectadas.
Por ello, en muchas ocasiones bastará con un justificante que confirme la existencia de la situación protegida, sin necesidad de facilitar información médica especialmente sensible.
¿Qué hacer si la empresa deniega el permiso?
Cuando una empresa deniega un permiso retribuido, lo primero es solicitar que la negativa quede reflejada por escrito o, al menos, conservar pruebas de la solicitud realizada.
También es importante revisar la regulación aplicable, ya que muchos conflictos derivan de interpretaciones incorrectas del convenio colectivo o de la propia normativa laboral.
Ante cualquier discrepancia, resulta recomendable buscar asesoramiento antes de adoptar decisiones que puedan derivar en sanciones o descuentos salariales.
Conclusión
Los permisos retribuidos siguen siendo una de las materias que más conflictos generan en las relaciones laborales. El cómputo en días laborables, el inicio del permiso, la coincidencia con vacaciones, los familiares incluidos o la documentación exigible son cuestiones que continúan provocando interpretaciones diferentes en muchas empresas.
Conocer estos criterios resulta fundamental para ejercer correctamente los derechos reconocidos por la normativa laboral y por los convenios colectivos.
Desde Somos Sindicalistas seguimos defendiendo una interpretación de los permisos que garantice su finalidad real: permitir a las personas trabajadoras atender situaciones familiares y personales relevantes sin verse perjudicadas económicamente ni encontrarse con obstáculos injustificados para ejercer sus derechos.
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