Plan de Igualdad en las Empresas
Madrid, 30 de Julio de 2024
Algo que nos afecta a todas y todos, comprometiéndonos en las empresas, son los planes de igualdad. Por ello, vamos a aprovechar para compartir algunas cuestiones para tratar de entenderlos mejor.
¿Qué son los Planes de Igualdad en las empresas?
Los planes de igualdad, son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.
¿Están las empresas obligadas a tener un Plan de Igualdad?
Todas las empresas con más de 50 personas, en plantilla, han de elaborar un Plan de Igualdad. En todo caso, para todas las Empresas con menos personas trabajadoras, es recomendable.
¿Quiénes deben elaborar y negociar el Plan de Igualdad?
Se negocian a través de la Comisión Negociadora. Estará compuesta por la representación legal de las personas trabajadoras y, asimismo, por la representación empresarial.
https://www.abdonpedrajas.com/pics/eventos/24rrllscc168-1.pdf
¿Qué debe incluir un Plan de Igualdad?
Las materias objeto de la negociación, conforme al artículo 46.2 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, son:
Proceso de selección y contratación – Clasificación profesional – Formación – Promoción profesional – Condiciones de trabajo, incluida la auditoría salarial entre mujeres y hombres, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombre – Ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral – Infrarrepresentación femenina – Retribuciones – Prevención del acoso sexual y por razón de sexo
¿Pueden sancionar a una Empresa por no contar con Plan de Igualdad o, llegado el caso, incumplirlo?
No cumplir con las obligaciones que en materia de igualdad se establecen en el Estatuto de los Trabajadores o convenio colectivo puede dar lugar a sanciones económicas con multas entre 626 euros y 6.250 euros en caso considerarse grave o de entre 6.251 euros a 187.515 euros en caso de considerarse muy graves. Igualmente, la norma contempla la pérdida automática de ayudas, bonificaciones…
¿Qué leyes regulan los Planes de Igualdad?
Las principales fuentes del derecho, a efectos de los planes, son las siguientes:
La ley Orgánica 3/2017: Esta Ley tiene por objeto hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, en particular mediante la eliminación de la discriminación de la mujer, sea cual fuere su circunstancia o condición, en cualesquiera de los ámbitos de la vida…
Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre: El presente real decreto tiene por objeto el desarrollo reglamentario de los planes de igualdad, así como su diagnóstico, incluidas las obligaciones de registro, depósito y acceso, conforme a lo previsto en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2020-12214
Recursos
Os adjuntamos algunos recursos para conocer más en qué consisten los planes de igualdad y lo relativo a su elaboración.
https://www.igualdadenlaempresa.es/asesoramiento/herramientas-igualdad/home.htm
https://aigualdadelaboral.gal/plan-de-igualdad-en-las-empresas/como-se-elaboran/recursos/
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