¿Puedo viajar estando de baja laboral? Cuándo está permitido y qué riesgos existen
10 de Agosto de 2026
Viajar estando de baja laboral no está prohibido automáticamente. El desplazamiento será posible siempre que sea compatible con la enfermedad, no perjudique la recuperación, permita seguir el tratamiento y no impida acudir a las revisiones médicas.
La Ley General de la Seguridad Social no contiene una prohibición general de viajar durante una incapacidad temporal. Las posibles consecuencias aparecen cuando existe fraude, se trabaja durante la baja, se abandona injustificadamente el tratamiento o no se acude a los controles médicos.
Depende de la enfermedad y de las actividades realizadas
No todas las bajas requieren reposo absoluto. Por ejemplo, una persona de baja por ansiedad puede pasear, relacionarse con otras personas o pasar unos días con su familia si esas actividades son compatibles con las recomendaciones médicas.
También puede ser posible desplazarse durante una lesión física cuando el viaje y la estancia no exijan esfuerzos que perjudiquen la recuperación.
Lo importante a la hora de viajar estando de baja laboral no es solamente el destino, sino qué se hace durante el viaje. No es lo mismo descansar fuera del domicilio que practicar un deporte contraindicado, realizar trabajos físicos o encargarse de un negocio.
Aunque no existe una autorización legal específica para viajar, resulta recomendable consultarlo previamente con el profesional sanitario, especialmente si se pretende salir al extranjero, realizar un trayecto largo o existen dudas sobre las actividades previstas.
Hay que acudir a las revisiones médicas
Viajar estando de baja laboral no elimina la obligación de acudir a las citas del Instituto Nacional de la Seguridad Social o de la mutua.
El artículo 175 de la Ley General de la Seguridad Social establece que la incomparecencia a un reconocimiento médico provoca inicialmente la suspensión cautelar de la prestación mientras se comprueba si estaba justificada. Si no existe una causa válida, puede acabar extinguiéndose el subsidio.
Antes de viajar conviene comprobar las citas pendientes, mantener actualizados los datos de contacto y asegurarse de que el desplazamiento permite continuar el tratamiento.
Tener reservado un vuelo o un alojamiento no garantiza, por sí solo, que una ausencia a una revisión médica vaya a considerarse justificada.
¿Pueden retirarte la prestación?
La prestación puede ser denegada, anulada o suspendida cuando la persona actúa fraudulentamente para obtenerla o conservarla, trabaja por cuenta propia o ajena o abandona sin causa razonable el tratamiento indicado.
Por tanto, el problema de viajar estando de baja laboral normalmente no es el desplazamiento en sí, sino desarrollar durante el viaje una conducta incompatible con la situación de incapacidad temporal.
Una fotografía en una playa, en un restaurante o dando un paseo no demuestra automáticamente que exista fraude. Poder realizar una actividad de ocio no significa necesariamente estar en condiciones de cumplir una jornada laboral con sus horarios, responsabilidades y exigencias.
La valoración puede cambiar cuando las imágenes muestran actividades reiteradas, esfuerzos incompatibles con la dolencia o la realización de un verdadero trabajo.
¿Puede la empresa despedirte?
El hecho de viajar estando de baja laboral tampoco justifica por sí solo un despido. La empresa tendría que demostrar un incumplimiento grave y culpable, normalmente relacionado con la transgresión de la buena fe contractual recogida en el artículo 54.2.d) del Estatuto de los Trabajadores.
Los tribunales analizan principalmente si la conducta:
- Perjudica o retrasa la recuperación.
- Demuestra que la persona puede trabajar.
- Supone la realización de una actividad profesional o económica.
El Tribunal Superior de Justicia de Murcia, Sala de lo Social, en sentencia de 11 de febrero de 2025, dictada en procedimiento de recurso de suplicación, confirmó el despido de un trabajador de baja por ansiedad que impartía clases de artes marciales, atendía a clientes y realizaba tareas de gestión en un gimnasio del que era fundador.
La Sala recordó que no toda actividad realizada durante una baja es sancionable. Sin embargo, consideró que en ese caso no se trataba simplemente de ocio compatible con la recuperación, sino del desarrollo de funciones en un negocio con ánimo de lucro.
Conclusión
Viajar estando de baja laboral no está prohibido con carácter general. Puede hacerse cuando el desplazamiento sea compatible con la enfermedad, no contradiga el tratamiento, no suponga trabajar y permita acudir a las revisiones médicas.
El riesgo aparece cuando las actividades perjudican la recuperación, evidencian capacidad para trabajar, implican una actividad económica o impiden cumplir los controles médicos.
Desde Somos Sindicalistas, sindicato de trabajadores y trabajadoras, recomendamos consultar previamente con el profesional sanitario y conservar sus indicaciones. Ante una sanción, la retirada de la prestación o una investigación de la empresa, es importante solicitar asesoramiento sindical cuanto antes.
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